En Argentina la información ambiental asociada a los proyectos mineros es de carácter público y de libre acceso. Así lo establecen dos leyes nacionales, sobre el régimen de libre acceso a la información pública ambiental y sobre el derecho de acceso a la información pública. Dichas leyes detallan el deber constitucional e intransferible de las autoridades provinciales competentes de garantizar ese derecho a la sociedad civil. En el caso de la provincia de Salta esta obligación recae en la Secretaría de Minería.

La mañana del 16 de marzo de 2020 me dirigí a la oficina de mesa de entrada de la Secretaría de Minería. Mi intención era presentar una solictud para acceder a los Estudios de Impacto Ambiental y Social (EIAyS) de los proyectos de producción de litio que se encuentran en etapa de exploración avanzada. En la presentación expliqué que el motivo de la solicitud estaba vinculado al desarrollo de mi tesis doctoral y que asumía el compromiso de utilizar la información con fines científicos. El personal administrativo recibió el documento, pero me advirtió que dada la situación sanitaria causada por la pandemia, no podían asegurarme cuál sería el resultado final de mi pedido.

Pasaron los meses y en julio del mismo año, cuando la situación sanitaria lo permitió, volví a consultar por el estado del pedido. Allí me informaron que no había registro del mismo, que seguramente se había traspapelado, y me recomendaron que vuelva a presentarlo. El 31 de julio realicé la segunda presentación. Sin embargo, no fue hasta el mes de noviembre que volví a tener novedades de mi pedido, esta vez gracias a un contacto que se encontraba temporalmente realizando prácticas profesionales en la Secretaría de Minería. Esta persona me informó que la solicitud se encontraba archivada en la misma oficina donde había sido presentada.

Un poco frustrado por la situación, comentamos sobre mi disgusto y me sugirió intentar establecer un contacto directo con Ricardo Alonso, el Secretario de Minería de la provincia de Salta. Me dijo que le debía trasmitir oralmente el pedido y explicar el uso que le daría a la información, para «convencerlo» y obtener su autorización para el acceso a los EIAyS:

«Intentá que algún superior tuyo hable con el secretario porque es la única forma de que tu pedido sea tratado. Yo veo que aquí ingresan solicitudes de información todos los días y solo se les da curso a los que él personalmente indica.”

Ante la imposibilidad de hablar con el secretario, el 26 de noviembre, con una nueva solicitud redactada y esperanzado después de haber superado la frustración del momento, decidí volver a intentarlo. Al llegar, en un pequeño puesto de control resguardándose del intenso calor, se encontraba un oficial de seguridad. Vestido con uniforme negro, un distintivo colocado en su hombro derecho decía “oficial de la Policía de la provincia de Salta”. Cuando intenté ingresar, solicitó mis datos personales y me informó que no tenía autorización para acceder al lugar. Esto se debía a que por órdenes de sus superiores, estaba prohibido el ingreso a la Secretaría de cualquier persona que no llevara ropa formal. “Para ingresar tenés que venir con camisa o remera lisa, con jeans o pantalón de vestir, en este organismo público no podés ingresar de la forma que estás vestido”, me dijo intentando obstaculizar mi ingreso.

Perplejo por la situación, intenté argumentar sobre la importancia de acceder a las oficinas de recepción, pero el policía molesto y algo nervioso, me indicó que si intentaba ingresar pese a su advertencia sería arrestado. Mientras tanto, con una mirada y un tono de voz despectivos me hizo algunas preguntas.

¿De dónde venís? ¿Cuántos años tenés? ¿No entendés lo que te estoy diciendo?»

En ese momento se acercó un vehículo. Una mujer bajó del interior y se acercó al policía, le consultó por la situación y tras un breve intercambio de palabras, le indicó que permita mi ingreso. Así fue como después de haber sufrido un acto discriminatorio y violento conseguí ingresar y hacer efectiva la presentación de un nuevo pedido: mi tercer pedido para acceder a información ambiental de carácter público.

Finalmente, esta solicitud fue tratada por el equipo de abogades del organismo, quienes elaboraron una respuesta recién el 2 de marzo de 2021. En la misma se autorizó el acceso a los EIAyS, siempre y cuando acredite con la documentación correspondiente mi puesto de becario doctoral del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) y el cargo de mis directores de tesis.

El 16 de marzo presenté la documentación requerida y me informaron que restaba esperar un dictamen final de aprobación. Cansado de esta situación y empezando a creer que estas actitudes corresponden a un intento por obstaculizar el acceso a la información solicitada, pedí hablar con la persona a cargo de dar trámite a mi solicitud. Mi intención era explicarle la situación e intentar agilizar la burocracia institucional que hace más de un año intentaba vencer. Con una resolución institucional en mano y en tono defensivo, el abogado, se excusó.

«Más allá de que la información que pedís sea pública, esta dependencia provincial tiene sus propias normas, si las desconocés aquí tengo una copia para que te informes. Aquí tenemos la exigencia de que quien solicite información debe acreditar su identidad, caso contrario la información no estará disponible. Si querés acceder a la información vas a tener que cumplir cada una de las exigencias jurídicas que esta institución exige, seas de la sociedad civil, de la universidad o de CONICET. Una vez que presentes la documentación tendrás que esperar a que elaboremos el dictamen final.”

Así es como hoy, 12 de abril del 2021, mientras escribo estas líneas sigo aguardando a que este organismo público cumpla con lo estipulado por ley y me permita hacer valer mi derecho. Algunas reflexiones me invaden y me llevan a suponer, que mientras la provincia de Salta se constituye como el destino más próspero para las inversiones de litio, se transforma a su vez en una especie de facilitador de recursos naturales. La violencia institucional ejercida ante mi persona a lo largo de todos estos meses me llevó a escribir esta experiencia.

Narrar mi experiencia personal representa un intento de búsqueda de justicia y de que se conozca el mal manejo de la administración pública provincial. Mi deber como becario doctoral de una institución pública nacional es generar conocimiento científico local que nos permita, como habitantes de Argentina y de la provincia de Salta, mejorar nuestras condiciones de vida. El deber de la Secretaría de Minería de Salta es controlar, gestionar y asegurar un aprovechamiento sustentable de los recursos minerales.

Ahora bien, ¿puede la minería del litio alcanzar la sustentabilidad o fomentar el desarrollo sustentable nacional si fomenta este tipo de actitudes? ¿Cuál es el deber de quienes trabajan en este organismo? ¿Servir a la sociedad, brindar transparencia, informar sobre la toma de decisiones? ¿O más bien funcionan como un servicio que el Estado argentino ofrece a las compañías mineras para facilitar sus negociaciones, sus explotaciones y sus atropellos a las comunidades locales que habitan el territorio? ¿Qué rol juegan las empresas mineras en las decisiones unilaterales que toma la Secretaría de Minería? ¿Qué identidad se necesita acreditar ante este organismo para acceder a la información solicitada? ¿Acaso no basta con la identidad ciudadana?

Sobre el autor

Walter Fernando Diaz Paz es Ingeniero en recursos naturales y medio ambiente, doctorando en Ciencias Naturales y becario doctoral del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) de Argentina. Trabaja sobre huella hídrica de la minería del litio y transiciones energéticas justas.